Mérida, Yucatán, 05 de abril de 2026
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Regulación de Insumos y Servicios de Salud en Yucatán
Dependencia o entidad
Objetivo
Los puntos sujetos a control sanitario en el estado, cuentan con medidas adecuadas para garantizar condiciones seguras mediante acciones de verificación y capacitación a establecimientos y personal que prestan servicios y manejan insumos para la salud.
Descripción

Realizar visitas de verificación sanitaria a establecimientos que prestan servicios de salud y/o comercializan insumos para la salud, con la finalidad de constatar el cumplimiento con la normatividad vigente mediante la aplicación de actas de verificación y prevenir los posibles riesgos sanitarios. Si el establecimiento presentara anomalías se realizarán visitas de seguimiento para corrección de las mismas o si hay riesgo inminente para la salud se aplicarán las medidas de seguridad correspondientes.

Bienes y/o servicios que entrega el programa
  • Actas de verificación sanitaria a establecimientos que presten servicios de salud o que comercialicen insumos para la salud.
  • Notificaciones de actas dictaminadas a establecimientos que presten servicios de salud o que comercialicen insumos para la salud.
  • Pláticas de orientación en el manejo y dispensación de medicamentos a trabajadores de la salud.
  • Pláticas de Farmacovigilancia a trabajadores de la salud.
Cobertura

Acanceh, Buctzotz, Chemax, Chicxulub Pueblo, Conkal, Espita, Halachó, Hunucmá, Izamal, Kanasín, Maxcanú, Mérida, Motul, Oxkutzcab, Panabá, Peto, Progreso, Samahil, Tekax, Temozón, Ticul, Tinum, Tixcacalcupul, Tixkokob, Tizimín, Tzucacab, Umán, Valladolid, Yaxcabá.

Beneficiarios (población objetivo)

Establecimientos que manejan o comercializan insumos y ofrecen servicios para la salud.

Requisitos para acceder al programa

Actas de verificación sanitaria a establecimientos que presten servicios de salud o que comercialicen insumos para la salud

  • Recibir original de la orden de verificación sanitaria.
  • Atender la visita el propietario (a) o representante legal, responsable sanitario (a), encargado (a) u ocupante (a).
  • Exhibir identificación oficial de quien atiende la diligencia.
  • Permitir el acceso al personal verificador al establecimiento.
  • Designar dos testigos o aceptar los designados por la autoridad.
  • Contar con Aviso de Funcionamiento o Licencia Sanitaria vigente.
  • Tener Aviso de Responsable Sanitario (cuando aplique).
  • Presentar documentación sanitaria y registros solicitados.
  • Permitir la revisión física del establecimiento incluyendo medicamentos, dispositivos y otros insumos para la salud (aplica de acuerdo al establecimiento).
  • Garantizar condiciones adecuadas de almacenamiento (orden, limpieza, temperatura).
  • Proporcionar información veraz y completa a la autoridad.
  • Autorizar la toma de evidencias (fotografías, copias, muestras).
  • Leer el acta de verificación sanitaria, manifestar lo que a su derecho convenga, firmar y recibir copia de la misma.

Notificaciones de actas dictaminadas a establecimientos que presten servicios de salud o que comercialicen insumos para la salud:

  • Recibir formalmente la notificación del dictamen sanitario.
  • Verificar datos del dictamen (folio, autoridad emisora, fecha y firma válida).
  • Acreditar personalidad (propietario(a), representante legal o responsable sanitario (a).
  • Exhibir identificación oficial del (la) receptor (a).
  • Leer íntegramente el dictamen sanitario.
  • Identificar tipo de dictamen (favorable, condicionado o no favorable).
  • Reconocer observaciones, omisiones o irregularidades señaladas.
  • Atender medidas de seguridad sanitaria, cuando se indiquen.
  • Cumplir requerimientos correctivos o preventivos.
  • Respetar plazos legales establecidos en el dictamen.
  • Integrar evidencias documentales de cumplimiento.
  • Presentar escritos de cumplimiento, aclaración o inconformidad, si procede.
  • Dar seguimiento administrativo al dictamen sanitario.
  • Conservar copia del dictamen y acuses de recibo.
  • Implementar acciones preventivas para evitar reincidencias.

Pláticas de orientación en el manejo y dispensación de medicamentos a trabajadores de la salud:

Aplica a las unidades, áreas o establecimientos de salud públicos o privados que reciben pláticas de orientación en materia de manejo y dispensación de medicamentos, así como al personal responsable de su coordinación y seguimiento.

  • Contar con Aviso de Funcionamiento o Licencia Sanitaria vigente.
  • Realizar actividades de manejo, almacenamiento o dispensación de medicamentos.
  • Aceptar o solicitar formalmente la plática de orientación sanitaria.
  • Designar responsable de enlace con la autoridad sanitaria.
  • Contar con Responsable Sanitario, cuando aplique.
  • Convocar al personal de la salud involucrados en el proceso.
  • Garantizar asistencia del personal clave.
  • Proporcionar espacio adecuado para la plática.
  • Facilitar recursos básicos (mobiliario y equipo, cuando aplique).
  • Colaborar durante el desarrollo de la orientación.
  • Firmar listas de asistencia, cuando se solicite.
  • Permitir la integración del expediente de la plática, que incluya:
    • Solicitud.
    • Lista de asistencia.
    • Contenido temático.
    • Evidencias.
  • Aplicar recomendaciones emitidas durante la plática.
  • Conservar constancias y evidencias de la orientación recibida.

Pláticas de Farmacovigilancia a trabajadores de la salud:

El beneficiario (establecimiento, unidad médica o institución de salud) deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con establecimiento de salud legalmente constituido, público o privado.
  • Designar un responsable o enlace institucional para la coordinación de la plática.
  • Presentar solicitud formal de la plática, indicando:
    • Tema(s) de farmacovigilancia.
    • Número estimado de participantes.
    • Fecha, horario y modalidad (presencial o virtual).
  • Facilitar los datos de contacto para notificaciones y seguimiento.
  • Que los asistentes sean trabajadores de la salud involucrados directa o indirectamente en:
    • Prescripción.
    • Dispensación.
    • Administración.
    • Almacenamiento.
    • Seguimiento de medicamentos.
  • Compromiso de asistencia y participación activa durante la plática.
  • Disponibilidad para aplicar los conocimientos en su práctica diaria.
  • Contar con espacio adecuado para la impartición de la plática (cuando sea presencial).
  • Disponer de recursos mínimos:
    • Sillas y mesas.
    • Equipo audiovisual (proyector, pantalla, computadora), cuando aplique.
  • Permitir el registro de asistencia y, en su caso, la obtención de evidencia documental o fotográfica.
  • Compromiso para promover la notificación de sospechas de reacciones adversas y otros problemas relacionados con medicamentos.
  • Permitir la integración del expediente de la plática, que incluya:
    • Solicitud.
    • Lista de asistencia.
    • Contenido temático.
    • Evidencias.
  • Atender, en la medida de lo posible, las recomendaciones emitidas durante la plática.

Participar en futuras actividades de capacitación u orientación, cuando se identifiquen áreas de oportunidad.

Procedimiento para acceder a los bienes y/o servicios del programa

Actas de verificación sanitaria a establecimientos que presten servicios de salud o que comercialicen insumos para la salud:

  1. El personal del establecimiento permitirá el acceso inmediato a los verificadores sanitarios debidamente acreditados.
  2. Se verificará que los servidores públicos se identifiquen con credencial oficial vigente y orden de verificación, cuando aplique.
  3. Se notificará de inmediato al Responsable Sanitario (a) o a la persona designada.
  4. El propietario (a) o representante legal o responsable sanitario (a) atenderá la visita.
  5. En ausencia de éstos, se designará a una persona que represente al establecimiento y firme el acta.
  6. Se exhibirá identificación oficial de quien atiende la diligencia.
  7. Se pondrá a disposición de la autoridad la documentación sanitaria vigente, entre ella:
  • Aviso de Funcionamiento o Licencia Sanitaria.
  • Aviso de Responsable Sanitario.
  • Documentación profesional, capacitación del personal laboral.
  • Registros, bitácoras y procedimientos normalizados de operación aplicables.
  • Documentos de adquisición y control de insumos.
  1. Se permitirá la revisión de las áreas, mobiliario y equipos relacionados con los insumos y servicios para la salud.
  2. Se facilitará la inspección física de medicamentos y dispositivos médicos, incluyendo:
    • Caducidades.
    • Etiquetado.
    • Condiciones de almacenamiento.
    • Separación de productos no conformes.
  1. El personal proporcionará información veraz, clara y completa.
  2. Se permitirá la toma de evidencias documentales, fotográficas o muestras, cuando proceda.
  3. No se obstaculizará ni interferirá en el desarrollo de la diligencia.
  4. Se designarán dos testigos para la diligencia.
  5. Se leerá cuidadosamente el acta de verificación sanitaria, manifestando por escrito lo que a su derecho convenga antes de firmarla.
  6. El acta será firmada por quien atendió la visita, los testigos y los (as) verificadores (as).
  7. Se recibirá copia legible del acta, aclarando que la firma no implica aceptación de las observaciones.

Notificaciones de actas dictaminadas a establecimientos que presten servicios de salud o que comercialicen insumos para la salud:

  1. Asignar al personal notificador acreditado.
  2. El (la) notificador (a) se identificará oficialmente ante el establecimiento.
  3. Solicitar la presencia del (la) propietario (a), representante legal o responsable sanitario (a).
  4. Entregar la Notificación de Dictamen Sanitario en original.
  5. Explicar de manera general el contenido del dictamen, sin emitir interpretaciones técnicas adicionales.
  6. Solicitar identificación oficial de quien recibe la notificación, acreditando su personalidad jurídica, sea el caso.
  7. Recabar acuse de recibo, firma y fecha en el documento autorizado correspondiente.
  8. En caso de negativa a firmar, asentar razón circunstanciada de los hechos.
  9. Si no se localiza al beneficiario: dejar citatorio conforme a la normatividad aplicable, o proceder conforme al medio alterno de notificación autorizado.
  10. Integrar el acuse de recibo al expediente del establecimiento.
  11. El establecimiento dará seguimiento a las observaciones, medidas de seguridad o requerimientos señalados en el acta.
  12. Se atenderá los plazos establecidos por la autoridad sanitaria.
  13. Se integrará evidencias de cumplimiento para su presentación, cuando sea requerido.

Pláticas de orientación en el manejo y dispensación de medicamentos a trabajadores de la salud:

  1. La unidad, área o establecimiento de salud público o privado interesada elabora la solicitud de plática de orientación, indicando tema, número de participantes y fecha propuesta.
  2. La solicitud se turna al área responsable o a la autoridad correspondiente.
  3. El personal responsable de capacitación de la Jefatura de Insumos y Servicios para la Salud confirma fecha, horario, modalidad (presencial o virtual), lugar y notifica oficialmente al personal participante.
  4. Se verifica la disponibilidad del espacio y recursos necesarios (equipo audiovisual, listas de asistencia, material didáctico).
  5. Se prepara el formato de registro de asistencia.
  6. Se registra la asistencia del personal.
  7. El ponente imparte la plática de orientación.
  8. Se recaban comentarios o se aplica un instrumento breve de evaluación, cuando aplique.
  9. Se integra el expediente de la plática, que deberá contener:
    • Solicitud.
    • Programa o contenido temático.
    • Lista de asistencia.
    • Material de apoyo.
    • Evidencia fotográfica, en su caso.
    • Se identifican áreas de mejora y necesidades de capacitación futura.

Pláticas de Farmacovigilancia a trabajadores de la salud:

  1. El establecimiento o área interesada elabora una solicitud formal, indicando:
    • Tema(s) de farmacovigilancia.
    • Número de participantes.
    • Fecha y modalidad propuesta.
  1. La solicitud se remite al área responsable o autoridad competente.
  2. Se confirma la fecha, horario y modalidad de la plática.
  3. Se notifica oficialmente al personal participante.
    • Se verifica la disponibilidad de infraestructura y recursos necesarios.
    • Se preparan listas de asistencia y formatos de registro.
    • Impartición de la plática de farmacovigilancia y difusión los criterios de notificación de sospechas de reacciones adversas.
    • Recopilación de comentarios o aplicación de evaluación breve, cuando aplique.
    • Integrar y resguardar el expediente correspondiente.
    • Se integra el expediente de la plática, que deberá contener:
      • Solicitud.
      • Programa o contenido temático.
      • Lista de asistencia.
      • Material de apoyo.
      • Evidencia fotográfica, en su caso.
Plan Estatal de Desarrollo 2024-2030
Directriz: Bienestar Social para la Salud de Todas y Todos
Vertiente: Salud para una vida plena
Objetivo Estratégico: Fortalecer la regulación y supervisión sanitaria de los establecimientos que expenden u ofrecen bebidas alcohólicas para su consumo en el mismo lugar, entre otros negocios para garantizar la salud pública y el bienestar comunitario
Programa presupuestario
638 Mitigación de Riesgos Sanitarios
Datos de contacto

Justo Sierra Paredes

Jefe de Insumos y Servicios para la Salud

Dirección adscrita: Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios

Secretaría o Entidad: Servicios de Salud de Yucatán

Correo electrónico: justo.paredes@ssy.gob.mx

Teléfono: (999) 930 30 50

Dirección: Calle 72 No. 463 por 53 y 55 Col. Centro C.P. 97000, Mérida, Yucatán, México.

Página web: https://salud.yucatan.gob.mx/

Horario de atención: De 9:00 am a 4:00 pm de lunes a viernes.

Otros sitios de atención

Municipio o localidad: Mérida

Ubicación (Calle, Número, Cruzamientos, Colonia, Municipio, CP): Calle 72, no. 463 por 53 y 55 Col. Centro C.P 97000

Teléfono: (999) 930 30 50

Horario y días de atención: De 8:00 am a 3:00 pm, de lunes a viernes


Responsable del programa

Cesar Augusto Baqueiro Lavalle

Responsable de Vigilancia Sanitaria de Insumos y Servicios para la Salud

Las unidades médicas de los Servicios de Salud de Yucatán seguirán prestando servicios de atención médica hasta la finalización del proceso de transferencia al IMSS Bienestar. Concluido el proceso de transferencia, la atención médica será responsabilidad de dicha Institución, garantizando la continuidad de los servicios de salud.