Delegar en las personas titulares de la Dirección General de Educación Básica, la Dirección de Educación Media Superior, la Dirección Jurídica y la Coordinación General de Programas Estratégicos las facultades para celebrar contratos de tiempo determinado con el personal de apoyo que se contrate por obra y tiempo determinados, y que requiera la Secretaría de Educación para prestar un adecuado servicio educativo, así como para modificar, rescindir o dar por terminados estos contratos.