Certificados Personas Morales Naturaleza Civil
Certificado de libertad o gravamen, certificado de inscripción o de no inscripción, relacionados con el Registro de Personas Morales de naturaleza Civil
Homoclave:
INSEJUPY-2400
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite proporcionar al usuario la certificación de la existencia o inexistencia de gravámenes, la relación de todos los actos inscritos, así como constancia de inscripción de la constitución relacionados con el registro de Personas Morales de Naturaleza Civil .
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@insejupy.gob.mx
registro.publico@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Boleta Electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Las que el documento requiera.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículos 101 al 105, 110 al 120.
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- Artículos 114 al 122
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Realizar el pago en línea o presentar documento en el cual se acredita el pago de los derechos del trámite solicitado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Solicitud en Línea
- Descripción
- Proporcione la información que le solicita el formato como denominación, antecedente registral, (folio, tomo, volumen, libro y/o folio civil), numero de inscripción, (Acto asamblea, constitución, poder).
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Fijo
Derecho por la expedición de cualquier certificado por cada predio $1,264.00 ¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Kiosco Estatal de Pago ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
- Ventanillas Bancarias y Cajeros Receptores autorizados
- Pago en línea
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
*Por el momento dada la contingencia covid-19 los oficios de anotación o cancelación de embargo, anotaciones preventivas etc., remitidos por autoridad judicial o administrativa se están recepcionando en la Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Yucatán, hasta que se habilite el módulo correspondiente en la plataforma de INSEJUPY.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Seleccionar la operación a realizar
- Realizar el pago por el importe correspondiente
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Descargar el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
15 días hábiles
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
si, en caso de que la Solicitud no cumpla con los requisitos legales para su expedición.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta