Testamento
Recepción de Testamento Ológrafo
Homoclave:
CJ000-2349
Última actualización:
8 de marzo de 2024
Servicio para:
Personas físicas
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite realizar un acto personal e intransferible, en el cual el testador es capaz de disponer de sus bienes y derechos, a través de un documento elaborado de su puño y letra, para su debido cumplimiento después de su muerte.
Servicio de: Dirección del Archivo Notarial
Contacto
Lic. Luis del Jesús Cetina Batún
Analista Administrativo del Archivo Notarial
999 930 30 22 Ext. 53287
luis.cetinab@​yucatan.gob.mx
Lic. Mario Enrique Guzman Vega
Director del Archivo Notarial
999 930 30 22
archivo.notarial@​yucatan.gob.mx
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En qué consiste
Testamento Ológrafo Depositado
Permanente
El Testamento Ológrafo es vigente hasta que no se otorgue otro testamento.
  • Identificación Oficial de la Persona Física
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Cédula Profesional
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    • Pasaporte
    • PreCartilla de Identidad del Servicio Militar Mexicano
    Descripción
    Vigente
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original, 1 copia simple
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original, 1 copia simple
  • Acta de Nacimiento
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original, 1 copia simple
  • Recibo Oficial de Pago
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Testamento Ológrafo
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    2 originales
Variable
$521.00.
Es variable de acuerdo al cambio de Unidad de Medida y Actualización (U.M.A)
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
  • Cheque simple: según indicación en la Hoja de atención
  • Cheque certificado: según indicación en la Hoja de atención
  • SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): según indicación en la Hoja de atención
No
Vía telefónica y correo electrónico
¿Cómo lo realizo en línea?
  1. Dar clic en el botón "Iniciar"
  2. Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
  3. Seleccionar la operación a realizar
  4. Proporcionar los datos solicitados en el formato de solicitud
  5. Adjuntar la documentación solicitada
  6. Revisar los conceptos a pagar
  7. Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
  8. Solicitar la línea de referencia para realizar el pago
  9. Realizar el pago por el importe correspondiente
  10. Entregar el comprobante al personal autorizado (acuse, contra-recibo, ticket, etc)
  11. Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cómo lo realizo en módulos de servicio?
  1. Agendar la fecha y hora de la cita
  2. Ingresar la solicitud
  3. Acudir a la oficina de atención establecida
  4. Acudir a la cita en la fecha y hora programada
  5. Entregar la documentación requerida
  6. Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
  7. Firmar la solicitud autógrafamente
  8. Solicitar la línea de referencia para realizar el pago
  9. Realizar el pago por el importe correspondiente
  10. Entregar el comprobante al personal autorizado (acuse, contra-recibo, ticket, etc)
  11. Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
  • Oficina de la Dirección del Archivo Notarial
    Municipio: Mérida
    Horario: De Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.
    Teléfono: (999) 930 30 22
    Ubicados dentro del complejo del Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, Edificio 1 (E1)
30 minutos
Si, en caso de No estar en pleno uso de sus facultades mentales, así como al No presentar los documentos completos
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
Negativa ficta
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