Asesoría al extranjero
Atención al Extranjero
Homoclave:
DG000-2097
Última actualización:
27 de febrero de 2024
Trámite para:
Personas físicas
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite brindar información, atención y apoyo a los ciudadanos extranjeros que visitan o radican en Yucatán, para canalizar sus necesidades en asuntos específicos con las autoridades correspondientes.
Trámite de: Coordinación de Asuntos Internacionales
Contacto
Martha Victoria Peña Cruz
Jefa de departamento de la Coordinación de Asuntos Internacionales
999 920 39 47 Ext. 47253
martha.pena@​yucatan.gob.mx
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En qué consiste
Atención y apoyo a ciudadanos extranjeros
Permanente
Permanente
  • Nombre Completo
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
  • Número de Teléfono
    Descripción
    Número de contacto
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
  • Correo Electrónico
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
Gratuito
No
En el caso de las oficinas de Asuntos Internacionales, el servicio que se presta, puede ser por teléfono, y la resolución es de la misma manera, ya que la mayoría de las veces es en esa modalidad.
¿Cómo lo realizo en línea?
  1. Dar clic en el botón "Iniciar"
  2. Proporcionar los datos solicitados en el formato de solicitud
  3. Adjuntar la documentación solicitada
  4. Esperar la validación u observaciones de la solicitud
  5. Agendar la fecha y hora de la cita
  6. Acudir a la oficina de atención establecida
  7. Entregar la documentación requerida
  8. Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cómo lo realizo en módulos de servicio?
  1. Agendar la fecha y hora de la cita
  2. Acudir a la oficina de atención establecida
  3. Entregar la documentación requerida
  4. Esperar la validación u observaciones de la solicitud
  5. Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
5 días hábiles
Si, Se puede rechazar o aceptar de acuerdo a la petición o al problema planteado.
No existe un requisito directo, pues cada problema y criterio de resolución depende meramente de la situación que se presente.
Se aplica la negativa ficta.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
Negativa ficta
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