Rectificación de Inscripción
Rectificación de Asientos Registrales
Homoclave:
INSEJUPY-1370
Última actualización:
8 de abril de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite la rectificación de la inscripción cuando existan errores materiales, errores de omisióno o errores de conceptos, cometidos por esta Dirección y éste pueda ser subsanado sin afectar derechos de terceros.
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@​insejupy.gob.mx
Scroll
En qué consiste
Boleta Electrónica
Permanente
Cuando se rectifique la inscripción solicitada.
  • Solicitud
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Escrito Libre
    Descripción
    Escrito libre para la Rectificación debidamente firmada por el propietario. Busque la dirección de su predio. Deberá subir su documentación en orden en formato PDF (pedimento, escritura e INE). Si cuenta con documentos adicionales es importante subirlos en el apartado de otros documentos adicionales.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Identificación Oficial de la Persona Física
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    Descripción
    Documento oficial que acredita la identidad del propietario del predio a rectificar.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original
  • Acreditación de la Legal Posesión del Predio
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Título de Propiedad
    Descripción
    Documento en el que proceda la Inscripción (acreditar el error material o de concepto cometido, con la nota del registro firmada por el Registrador o Boleta de Inscripción.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original, 1 copia certificada
Gratuito
No
La rectificación de oficio procederá cuando el Registrador detecte por medio de los asientos registrales existentes el error material u omisión y con el acervo existente pueda corregirlo sin afectar derechos de terceros.
INFORMACIÓN PARA EL ESCRITO
Estar firmado por quien solicite la corrección
El solicitante deberá estar legitimado
Señalar nombre, domicilio y demás datos de identificación
Acreditar su carácter
Expresar en que consiste el error
Expresar alegatos que motiven la corrección
¿Cómo lo realizo en línea?
  1. Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
  2. Seleccionar la operación a realizar
  3. Dar clic en el botón "Iniciar"
  4. Capturar la Información del predio
  5. Escanear el documento para adjuntarlo
  6. Adjuntar la documentación solicitada
  7. Entregar el comprobante al personal autorizado (acuse, contra-recibo, ticket, etc)
  8. Consultar y dar seguimiento a la solicitud
  9. Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
15 Días hábiles
Si, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
No aplica
Realiza tu Protesta Ciudadana

¡Ayúdanos a mejorar!

Los campos marcados con * son obligatorios
Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y términos del servicio de Google.
¡Gracias!
Tus comentarios son muy importantes para nosotros
Cargando...