La propuesta constituye un acto estrictamente administrativo de disposición patrimonial entre entes públicos, fundamentado en la Ley de Bienes del Estado de Yucatán. Al tratarse de la transferencia de un inmueble del dominio privado estatal para un beneficio social, la norma no crea nuevas obligaciones, cargas operativas ni restricciones regulatorias que afecten a los particulares o ciudadanos.